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Anonimizatorby Derecho Virtual

Publicar una sentencia en el blog del despacho sin ganarte un expediente

Ganaste el caso y quieres contarlo: es la mejor prueba de que sabes hacer tu trabajo. Pero la sentencia está llena de datos de personas que no te han dado permiso. Cómo publicarla sin convertir tu marketing en una infracción.

Carlos Rivero··5 min de lectura
Una sentencia sobre una mesa con partes del texto cubiertas antes de publicarse
El caso es tuyo para contarlo; los datos de las personas, no.

Hay pocas piezas de marketing jurídico tan buenas como una sentencia ganada. No es humo: es la prueba, con membrete judicial, de que el despacho sabe pelear un caso como el que el potencial cliente tiene entre manos. Por eso los despachos que mejor captan en internet publican resoluciones.

Y hay pocas maneras más tontas de ganarse un expediente de la AEPD que publicarlas mal.

El malentendido del CENDOJ

La objeción habitual es: «si las sentencias son públicas, ¿qué problema hay?».

Las sentencias no son públicas en el sentido que esa frase sugiere. Lo que existe es un sistema de publicidad limitada: el CENDOJ difunde las resoluciones después de pasarlas por su propio protocolo de anonimización — retira nombres, DNI, direcciones y demás identificadores antes de que nadie las vea.

La copia que tú tienes es otra cosa. Es la notificada a las partes, con todos los nombres, todos los DNI y todas las direcciones. Esa versión nunca fue pública ni va a serlo. Si la subes al blog tal cual, estás haciendo un tratamiento de datos personales —difusión a cualquiera con internet— que nadie te ha legitimado.

Y no protege solo a «la otra parte»: en la resolución aparecen testigos, peritos, agentes, letrados de la otra parte y, con frecuencia, menores o datos de salud — categorías del artículo 9, con protección reforzada.

«Pero mi cliente me ha dado permiso»

Estupendo: ese consentimiento cubre los datos de tu cliente. No cubre a ninguna de las demás personas del documento. Y pedir consentimiento a la parte contraria para publicar la sentencia que perdió no es un plan: es un chiste.

La base jurídica realista para publicar es el interés legítimo (artículo 6.1.f): difundir tu experiencia profesional. Pero el interés legítimo exige la ponderación con los derechos de los afectados — y esa ponderación solo sale bien si el documento no identifica a nadie. La anonimización no es un adorno del plan: es lo que hace que el plan sea legal.

Por qué las iniciales no bastan

El error clásico: sustituir «Juan Antonio Pérez Molina» por «J.A.P.M.» y publicar.

Piensa como un vecino del pueblo del demandado. Sabe que hubo un juicio. La sentencia publicada dice el juzgado, la fecha, que el demandado regentaba un taller en una localidad de tres mil habitantes y que el pleito era con su hermano por la herencia de la finca. ¿Cuántos talleres con hermanos en litigio hay en ese pueblo?

La AEPD y los tribunales valoran la identificabilidad en conjunto: nombre fuera, pero número de autos, juzgado, fechas, hechos y circunstancias dentro = persona identificable = dato personal = infracción si no hay base. En un caso que salió en prensa local, el número de procedimiento solo ya reidentifica.

Lo que hay que retirar de verdad, además de los nombres: DNI y NIE, direcciones, teléfonos, correos, matrículas, referencias catastrales, cuentas bancarias, números de colegiado, el número de procedimiento y, según el caso, datos que en ese contexto señalen a una persona concreta (la profesión rara, la enfermedad, el cargo público).

Lo que sí conviene conservar

Aquí está el equilibrio que hace útil la publicación: una sentencia anonimizada hasta el sinsentido tampoco sirve para el marketing.

Conserva la estructura procesal (quién demandó a quién, en qué papel), los fundamentos de derecho, la argumentación, las cantidades (salvo que identifiquen), el sentido del fallo y la imposición de costas. Todo eso es lo que demuestra cómo se ganó.

Por eso la anonimización por etiquetas coherentes es muy superior al tachón: donde decía el nombre del actor pone [ACTOR_1] en todo el documento, la demandada es [DEMANDADA_1] las veinte veces que aparece, y el lector sigue el razonamiento perfectamente. Un documento lleno de rectángulos negros, además de feo, es ilegible; uno con etiquetas se lee como un caso práctico.

El procedimiento que recomiendo

  1. Trabaja siempre sobre la copia notificada, nunca la retoques a mano en el visor de PDF. El rectángulo negro dibujado encima no elimina el texto (se recupera copiando y pegando; lo expliqué aquí).
  2. Pasa la resolución por una anonimización real: que borre los caracteres del fichero y sustituya por etiquetas.
  3. Repasa el resultado pensando en el contexto: ¿queda algún dato que, combinado con lo que se sabe del caso, señale a alguien? ¿El pueblo? ¿La profesión? ¿La fecha exacta?
  4. No conserves tabla de equivalencias para esta finalidad. Para publicar no necesitas revertir nada: destruye la tabla y tendrás anonimización de verdad, fuera del ámbito del RGPD.
  5. Limpia los metadatos del PDF final (autor, aplicación, historial).
  6. Acompáñala de tu comentario profesional: eso es lo que posiciona.

Cómo lo resuelve Anonimizator

Anonimizator hace los pasos 2, 3 y 5 en menos de un minuto: subes la sentencia notificada, marca los datos personales que detecta —incluidos números de procedimiento, colegiados, matrículas y referencias catastrales, que son los que todo el mundo olvida—, y devuelve el PDF con esos caracteres eliminados físicamente del fichero y sustituidos por etiquetas coherentes por rol procesal.

El documento mantiene la maquetación original —membretes, sellos, numeración de páginas—, que es justo lo que da autenticidad a la publicación. Y el motor relee el resultado y avisa si queda algún residuo.

Para publicar, simplemente no te descargues el Excel de equivalencias (o bórralo): sin él, la operación es anonimización pura y el documento publicado queda fuera del RGPD. El propio Excel te avisa de esto en su primera hoja, por cierto.

El procesamiento ocurre en servidores de la Unión Europea y la sentencia original se borra en el momento: tu cliente no acaba en el servidor de nadie por culpa del marketing del despacho.


Publicar sentencias sigue siendo la mejor prueba social que existe en el sector. Solo hay que recordar de quién es cada cosa: el mérito del caso es tuyo; los datos, de las personas. Publica el primero, protege los segundos, y el blog del despacho trabajará para ti sin generarte el próximo expediente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo publicar una sentencia que he ganado en la web del despacho?

Sí, y es una práctica extendida de marketing jurídico legítimo. La condición es que la publicación no revele datos personales de las partes, testigos o peritos: hay que anonimizar la resolución de verdad antes de subirla, no solo quitar los nombres.

Si el CENDOJ ya publica sentencias, ¿por qué yo no puedo publicarlas igual?

El CENDOJ publica resoluciones ya anonimizadas conforme a su propio protocolo, en cumplimiento de una función pública. Tu despacho no tiene ese amparo: si publicas la versión que te notificaron —que va con todos los datos—, el tratamiento es tuyo y respondes tú.

¿Basta con cambiar los nombres por iniciales?

No. El número de procedimiento, el juzgado, las fechas y los hechos permiten reidentificar a las partes con facilidad, sobre todo en localidades pequeñas o en casos que salieron en prensa. La identificabilidad se valora en conjunto, no dato a dato.

¿Y el consentimiento de mi cliente me cubre?

El consentimiento de tu cliente cubre los datos de tu cliente. En la sentencia aparecen también la parte contraria, testigos, peritos y a veces menores: personas que no te han dado permiso y a las que el RGPD protege igual. La vía práctica no es pedir diez consentimientos: es que no aparezca nadie identificable.

¿Qué gano publicando la sentencia anonimizada en vez de un simple resumen?

Credibilidad. Un resumen lo escribe cualquiera; una resolución real con su fundamentación demuestra que el caso existió y cómo se ganó. Anonimizada correctamente conserva todo su valor probatorio y de marketing sin exponer a nadie.

Y mientras tanto

Tus documentos siguen saliendo del despacho.

Anonimizator les quita los datos personales en segundos, sin que salgan de la Unión Europea y sin tocarte el formato. Puedes probarlo gratis ahora mismo.